sábado, 17 de febrero de 2007

Manuel Miranda

REFORMA CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA: LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE, LEGALIDAD vs. LEGITIMIDAD

Legitimidad

Es la capacidad de ser obedecido sin recurrir a la coacción, en contraposición a la autoridad. En términos políticos la legitimidad es la capacidad que permite ejercer el poder sin necesidad de recurrir a la violencia.
(Wikipedia)



Legalidad.

1. m. Der. Principio jurídico en virtud del cual los ciudadanos y todos los poderes públicos están sometidos a las leyes y al derecho.
(Real Academia de la Lengua)

Amig@s:

Como podrán observar, una cosa es la legalidad y otra diferente es la legitimidad.

En el proceso de reformas a la Carta Magna de la hermana República de Bolivia, luego de haberse pactado la elección y convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente, entre el gobierno presidido por Evo Morales y la oposición, se instala formalmente. Aconteciendo que los asambleísta partidarios del Presidente Morales (152 escaños = 60 %), intentaron imponer que la reforma fuera aprobada por “mayoría simple” (50% + 1 voto de los constituyentes presentes), a lo que los asambleístas de la oposición (118 escaños = 40 %), que postulaban la aprobación de la Constitución por “voto calificado” ( ¾ partes de los constituyentes presentes), se vieron obligados a la protesta popular para “torcerle el brazo” al despropósito de los asambleístas adeptos al mandatario boliviano.

¿¿Porqué despropósito??

Aunque el Presidente Evo Morales intenta achacar a la oposición intentos de “sabotear” la reforma. No es menos cierto que aunque las decisiones emanadas de la Asamblea Constituyente es LETRA CONSTITUCIONAL, no es menos cierto que la misma debe contar con la suficiente ACEPTACIÓN o LEGITIMIDAD, de la mayor cantidad posible de ciudadanos de la República de Bolivia, los cuales se encuentran debidamente representados en la Asamblea.

Es cierto que NO TODO EL MUNDO, estará de acuerdo con el texto emanado de la Constituyente, pero el voto de las ¾ partes representa un CONSENSO de todos los sectores de esa otra patria de Bolívar.

Imponer una Constitución sin una aprobación y aceptación de amplísima base social y popular, irremediablemente traería el caos, la anarquía y el desorden. Pues NO SERA ACEPTADA por una importante franja de la población (40%) que es bastante considerable.

Conclusión:

Las constituciones deben contar con la aceptación de todos (o casi todos) los sectores de la sociedad a la cual el texto regirá. Mientras más personas se sientan REPRESENTADAS en una Carta Magna, más fácil será que la misma sea acatada y obedecida de forma voluntaria y libre.

De lo contrario, podrá ser legal pero no legítima.

Una constitución ILEGITIMA es propia de las tiranías y dictaduras.

Menos mal, que finalmente los partidarios del voto por "mayoría simple" retomaron la cordura.

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5 comentar

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11:07 p. m. delete

Te felicito por estas series de artículos que dejan muy claro tus conocimientos jurídicos y constitucionales. Me gustaría ver en un futuro una comparación entre el ALBA y el ALCA desde tu óptica. Saludos!

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12:23 a. m. delete

OFRESCOME!!

Ese seria un gran tema... Ahora mismo estoy estudiando parte del material de mis proximos temas y completando algunos mas, pues solo encuentro "trocitos"

Esos proximos temas van relacionados con estos ultimos 3 de mi autoria.

Vamos a ver si en esta semana te complazco.

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3:20 p. m. delete

Ya estás tú también entre mis enlaces. Un abrazo!

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Anónimo
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8:10 p. m. delete

Vayanse a la mierda cachorros de la oligarquía cruceña

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6:20 p. m. delete

Pendejo anonimo

COMPRATE UN BOZAL!!!

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