viernes, 26 de octubre de 2007

Manuel Miranda

NUEVA CONSTITUCION VENEZOLANA: Reforma del Art. 191: Los revolucionarios vagos de la Asamblea Nacional buscando que hacer.

En el Informe de la Comisión Mixta de la Asamblea Nacional los revolucionarios de la Asamblea Nacional, nos sorprenden con esta propuesta:

Texto vigente

Artículo 191. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, siempre que no supongan dedicación exclusiva.

Texto a reformar:

Artículo 191.- Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional que sean designados o designadas por el Presidente o Presidenta de la República para ejercer funciones en cargos públicos, no perderán su investidura y podrán reincorporarse a la Asamblea Nacional al cesar en esas funciones. Así mismo, podrán ejercer actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, siempre que estas actividades no supongan dedicación exclusiva.

OBSERVACIONES:

En vista de que a estos revolucionarios se les prohíbe reelegirse de conformidad al Art. 192, (el cual no han tocado e igualmente cesados por Ley Habilitate. En vez de optar por la renuncia formal de sus dignidades para ocupar otro puesto en que se sientan útiles, han tenido el descaro de LEGISLAR PARA SI MISMOS aboliendo la incompatibilidad de sus puestos con otros del Estado.

Es decir, sabiéndose inútiles y sin posibilidades de reelegirse, prefieren ser designados en algún cargo del Estado SIN DEJAR DE COBRAR COMO LEGISLADORES.

No solo eso, obstaculizan el Principio al Derecho del Trabajo, en contra hasta de sus propios camaradas… ¡LO QUIEREN TODO!!

Una actitud vergonzante, MEZQUINA, asqueante, indigna, EGOÍSTA, corrupta, infame, COMESOLA, inmoral, impropia de un revolucionario, impropia de un cristiano, de no querer compartir los beneficios, status, privilegios, responsabilidades y cargas a favor de otros camaradas con iguales o más méritos…. BARBARASOS!!

Igual y fundamentalmente violan el Principio de Separación de los Poderes del Estado en que una persona no puede servir a 2 Poderes simultáneamente, para no crear conflictos de intereses. Tomando en cuenta las atribuciones “fiscalizadoras” del Legislativo sobre los demás poderes constituidos.

Podrán imaginarse a estos revolucionarios de pacotilla, torpedear cualquier iniciativa tendente a investigar (incluso sancionar) lo que hace algún ministerio o dependencia en donde al mismo tiempo prestan servicios o en el peor de los casos, sean sus titulares.

Observación adicional: Los revolucionarios vagos de la Asamblea Nacional, plantean dentro de las "disposiciones transitorias" que los actuales "ex legisladores" que ocupan posiciones en el Poder Ejecutivo, se les reserva sus cargos.... atendiendo a la "voluntad del pueblo para la que fueron electos"

Esa medida, no podía ser más cinica... Si es atendiendo a la "voluntad del pueblo" ¿Entonces, porque diablos los que renunciaron por haber aceptado otros puestos no acataron esa voluntad desempeñando sus investiduras por los 4 o 5 años a los que fueron electos?

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Actualización (5 de Noviembre, 2007): Ya salió el texto definitivo de la Nueva Constitución del Presidente Chávez, titulada "Reforma de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela" pero sin ninguna novedad, acceder con pulsar aquí

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