lunes, 15 de junio de 2009

Manuel Miranda

SILVIO BERLUSSCONI & RICHARD NIXON: Diferencias entre las personas públicas y las privadas. (+ fotos del rapa-party)

DERECHO A LA PRIVACIDAD vs. TRANSPARENCIA, RENDICIÓN DE CUENTAS y LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

El mundo ha sido estremecido con las imágenes publicadas por el periódico El País, en donde se muestra el rapa-party del Primer Ministro de Italia, el todopoderoso magnate Silvio Berlusconi en una de sus mansiones y que ha originado una batalla legal entre brechero y brechado.

Sucesos, que me motivan hacer algunas precisiones:

SILVIO BERLUSCONI: El rapa-partygate

- Todo empieza con el extraño divorcio solicitado por su esposa Verónica Lario, luego de 17 años de matrimonio.

- Luego surgen rumores de supuestos amoríos con Noemi Letizia de 18 años de edad, de quien se había revelado que se había “desaparecido” durante unos días en la casa campestre Villa Certosa, en Cerdeña.

- Se devela la existencia de “imágenes calientes” tomadas en esa residencia, las cuales fueron confirmadas su existencia por el mismo afectado.

- Berlusconi prohibe la publicación de esas "picantes fotografías", bajo el alegato de “protección a la privacidad” y que “ haber sido tomadas ilegalmente”, de paso censurando su difusión bajo la advertencia de que cometería delito, el medio que se atreviera.

El País de España, sorpresivamente las hace suyas y pone a circular, bajo la excusa de que no juzgar la moral del ciudadano, sino del Primer Ministro…

Mientras que el premier italiano riposta demandando al tabloide español bajo los mismos alegatos con las cuales logró que los medios de su país (la mayoría de su propiedad) no las dieran a conocer

RICHARD NIXON: Watergate.

Cuando se destapa el escándalo Watergate, que forzaron la renuncia del Presidente Richard Nixon, había surgido la versión de que el ex mandatario norteamericano, acostumbraba realizar grabaciones magnetofónicas de todas sus conversaciones y reuniones.

Esas cintas o casetes, les fueron requeridos por los investigadores del caso y este se había negado bajo el alegato de que las mismas “eran de su propiedad” y de entregarlas “le violentaban su derecho a la privacidad”, entre otras tantas excusas.

Posteriormente, esos mismos investigadores, alegando que esas grabaciones fueron “tomadas en la Casa Blanca, Camp David, etc. “ y que la persona a quien se les requería “es el Presidente de la Nación, obligado a rendir cuentas de sus actos”… Empiezan hacer gestiones para obtenerlas judicialmente y presionar ante la opinión pública…

Ante esas circunstancias + otras referentes al caso que se le investigaba… El Presidente Nixon, presenta renuncia el 8 de Agosto de 1974, evadiendo con ello entregarlas y el "impeachement" que se le preparaba para destituirlo.

DERECHO A LA PRIVACIDAD vs. TRANSPARENCIA, RENDICIÓN DE CUENTAS y LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

Por lo que ustedes podrán darse cuenta, el “derecho a la privacidad e intimidad” les corresponde casi exclusivamente a los ciudadanos comunes y corrientes.

Si cualquier ciudadano se le da la jodida gana de encuerarse, fornicar, organizar orgías, etc. en su propia casa o la de otra persona con su consentimiento, siempre y cuanto no afecte a terceros… No viola la ley y ejerce un derecho que le asiste.

Tomar fotografías, grabaciones, etc. de las mismas, sin consentimiento del afectado, es un delito castigable civil y penalmente.

Con excepción, si las mismas cuentan con “autorización judicial” en caso de existir alguna investigación…

Pero, la cosa es bastante diferente cuando se trata de un gobernante, legislador o funcionario estatal, quienes se encuentran sujetos a la transparencia, rendición de cuentas y libre acceso a la información de sus actuaciones en el ejercicio de sus atribuciones

Por esas razones: Nixon, antes que entregar sus conversaciones magnetofónicas por su condición de Gobernante sujeto a rendir cuentas a sus gobernados. Optó por renunciar a sus obligaciones, convertirse en simple ciudadano, ampararse en el Derecho a la Privacidad y no entregarlas.

CONCLUSIONES:

Si los alegatos esgrimidos por el periódico El País, en su editorial “Berlusconi al desnudo” acusando al premier de inadecuado uso de aviones oficiales y otras facilidades que el Estado pone a su disposición, en lugar de utilizarlos para cumplir con sus responsabilidades institucionales, las dispone para transportar invitados a fiestas privadas… Aunque exista una Ley que se lo permita del 2008…

Si resultan esos alegatos resultan ser ciertos, Berlusconi incurre en faltas morales y el diario El País, no incurre en ninguna falta moral ni legal para ser sancionado.*

Pero de no ser ciertos e Il Cavalieri demuestra no haber usado de recursos del Estado para organizar el “rapa-party” con sus amiguitos de francachela.

Y como “el magno evento” fue organizado en su casa… Pues estaríamos ante una violación de su Derecho a la Privacidad e Intimidad.

En definitiva:

El Funcionario gubernamental, fuera del total ejercicio de su cargo y que no use recursos del Estado para sus actividades privadas, se beneficia del Derecho a la Privacidad.

De lo contrario se expone a ser fiscalizado y auditado en base a su obligación de rendir cuentas de sus actos y al Derecho al libre acceso a la información pública, que les asiste a los medios de comunicación.

En el caso de las personas particulares, precedentemente hemos expresado pareceres y también en este tema, al cual les invitamos, pulsando:

- CECILIA BOLOCCO: EL DESTAPE, LOS CUERNOS Y SU DERECHO A LA PRIVACIDAD E INTIMIDAD

Las fotos del rapa-partygate:

http://www.elpais.com/fotogaleria/imagenes/censuradas/Berlusconi/6527-1/elpgal/

De todas formas, Il Cabalieri, tiene un estilo muy peculiar que les gusta a sus conciudadanos, para no hacer caso de sus travesuras y ocurrencias, como lo demuestra su convincente triunfo en las Elecciones Parlamentarias Europeas.

TEMAS RELACIONADOS:

* CORRUPCION TAMBALEA A GORDON BROWN y SU GOBIERNO EN INGLATERRA

- VIDEOS: IRIS VARELA "LE ENTRA CON TO LO JIERRO" A PERIODISTA GUSTAVO AZOCAR

- LA CARICATURA DE LOS PRINCIPES FELIPE DE BORBON Y LETIZIA ORTIZ "FOLLANDO": ¿INJURIA o SATIRA? ¿DELITO o DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION?

- LA BANDERA AL REVÉS O QUEMARLA: ¿ULTRAJE A LOS SÍMBOLOS PATRIOS o EXPRESIÓN LEGITIMA DE PROTESTA?

Blogalaxia Tags:

DEJAR UN COMENTARIO