Un grupo de organizaciones civiles se ha destapado con una denuncia-querella por Crímenes de Lesa Humanidad, contemplados en el Estatuto de Roma en contra de antiguos sicarios del régimen de Rafael Leonidas Trujillo Molina (1930-1961), con motivo de conmemorarse un aniversario más de su ajusticiamiento en el día de ayer.
Lamentablemente esta es una pérdida de tiempo (y me sospecho afán de protagonismo), pues dicho estatuto fue aprobado en fecha 17 de Julio de 1998 durante la "Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional".
Mientras que los crímenes atribuidos a los antiguos agentes trujillístas datan de hace más de 46 años. Por lo que PRESCRIBEN de conformidad a las disposiciones combinadas de los artículos 45 y siguientes del Código Procesal Penal y 302 y siguientes del Código Penal.
¿IMPRESCRIPTIBLES?
Me dirán algunos que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles y están en lo cierto...
Pero son imprescriptibles a partir de los crímenes de ese tipo que hayan sido cometidos LUEGO de la promulgación del Estatuto de Roma, antes referido.
Las leyes NO son de efecto retroactivo, salvo que sean para BENEFICIAR al acusado, de conformidad con los artículos 15 del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos y 47 de la Constitución Dominicana
CONCLUSIÓN:
Si los hechos por los cuales se querellaron los familiares, allegados e interesados de las víctimas de la tiranía trujillísta, hubiesen sido hace MENOS de 30 años o en su defecto el Estatuto de Roma fuese de fecha ANTERIOR a esos hechos, esta fuera perfectamente viable.
Lamentablemente, salvo que sea un simple afán de figureo, la misma es una soberana pérdida de tiempo.
REFERENCIA:
http://www.listin.com.do/app/article.aspx?id=14920
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