Es conocido en República Dominicana las supuestas o reales implicaciones del Senador Dr. Alejandro Williams, supuesto representante de San Pedro de Macorís por estafa al Medicare a través de su sistema de clínicas diseminadas en la ciudad de New York, Estados Unidos de América, lugar en donde también reside.
Por igual, es conocido que tanto la esposa como otros familiares del Capitán ® Quirino Ernesto Paulino Castillo se encontraban procesados por supuesto “lavado de activos”, a quienes se les ha retirado la acusación, con la salvedad de que en el caso de la esposa, todavía se encuentra enfrentando proceso judicial por ante la Corte de Apelación buscando la revocación de la inaudita y cobarde sentencia que la condena a 5 años por dicho delito.
Regresando con el Senador Williams, en el día de hoy nos hemos encontrado con estas reflexiones aparecidas en la columna “De buena tinta” de Diario Libre, las cuales reproducimos a continuación:
Los problemas del senador Alejandro Williams con el Medicare tal vez no importen mucho a sus votantes de San Pedro de Macorís, a su partido PLD y a sus compañeros de la cámara alta.
Está a nivel de investigación, y en cualquier caso rige la presunción de inocencia. Los dominicanos no podemos condenarlo si no lo hacen los de allá.
Incluso, se encuentra en medio de ese trance por ser odontólogo, y no por senador, sino por ejercer en Estados Unidos y estar incorporado al sistema de salud de su patria de adopción.
Ahora, lo que no aguanta espera son sus ausencias en el ámbito legislativo, que es un expediente que se resalta ahora. Para proceder no hay que esperar que decidan en Nueva York. Además de que tiene otras implicaciones: la del diputado de ultramar, que es una demanda que hacen los dominicanos del exterior y que la sociedad política está por complacer.
Williams era más o menos eso: un senador de ultramar, y ya se vio que no cumple. ¿Puede consagrarse lo que ahora se comprueba fue un error?
La esposa de Quirino
Raimundo y todo el mundo sabe que el Capitán ® Quirino Paulino ha sido extraditado a los Estados Unidos acusado de narcotráfico internacional y que ha llegado a importantes acuerdos con las autoridades de dicha Nación para “cantar” todo lo que sabe con relación a sus negocios mafiosos y muy especialmente sus socios….
Pero sin embargo, a pesar de que Quirino TODAVIA NO HA SIDO JUZGADO NI CONDENADO, las autoridades judiciales dominicanas, de forma malvada, violando todo principio jurídico, tratados internacionales y leyes nacionales procedieron abrir expediente a todos los familiares de Quirino, entre ellos su esposa Belkis Elizabeth Ubrí Medrano, por presunto “lavado de activos”, al tener bajo nombre y cuidado los bienes del acusado principal (Quirino) producto de sus actividades ilícitas… Cuando vuelvo y repito: NO HA SIDO CONDENADO por las autoridades norteamericanas.
Algunas consideraciones jurídicas en cuanto al delito de Lavado de Activos.
Es necesario para configurar dicho delito, que el procesado se halla beneficiado de la obtención de dinero o bienes provenientes de crimen o delito, los cuales al mismo tiempo “invierte” para operaciones legales de lícito comercio.
Adicional, debe existir causalidad o relación “causa y efecto” entre el delito principal (narcotráfico, etc.) y el delito subsidiario (lavado de activos) para formular la acusación correspondiente.
Imperiosamente, se debe procesar simultáneamente por la acusación principal y la subsidiaria y el Juez apoderado debe obligatoriamente, comprobar el delito principal para juzgar y comprobar el subsidiario, para emitir la condena correspondiente... Para ello, tenemos el ejemplo más palpable: El caso BANINTER.*
En este caso particular, el Juez debe tener a mano, condena definitiva e irrevocable en contra de Quirino, en su condición de acusado por el delito principal de narcotráfico que es lo que justifica la presente acusación a sus familiares por “lavado de activos”, de lo contrario debe proceder al descargo pura y simple de los acusados.
Claro está, que también debe comprobar si los bienes adquiridos y reinvertidos en actividades de lícito comercio (dinero sucio lavado en actividades legales) fueron obtenidos en la actividad ilegal también sometida a su consideración, para fines de confiscación de los mismos a favor del Estado y devolución de los que se hallan comprobado que fueron adquiridos en actividades totalmente legales.
CONCLUSIÓN
En el caso de los familiares de Quirino y en especial su esposa, se ha cometido tremenda barbaridad, que persigue fines enteramente chantajistas, debido a que las autoridades norteamericanas en su petición de extradición, no solicitaron a los familiares, pero si lo hicieron con la confiscación de bienes ascendentes a Siete Millones de dólares (US$7,000.000.00) de conformidad a sentencia calificatoria rendida por la Suprema Corte de Justicia del 18 de Febrero del 2005, cuando los mismos ascienden a cifras mucho mayores a la solicitada.
Y lo jevi del caso, es que encontraron jueces cobardes y pusilánimes que se prestaron a condenar a 5 años a la esposa de Quirino, sin existir condena de las autoridades norteamericanas
No es necesario en su caso “retirar” la acusación en el grado de apelación en que se encuentra el caso, basta con HACER JUSTICIA.
Iguales reflexiones, mutatis mutandis, a favor del Senador Williams… Si quieren su cargo, pues que esperen sentencia definitiva e irrevocable de las autoridades norteamericanas.
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2 comentar
Write comentarDon Manuel: Esta clarissimo que a la justicia dominicana le falta mucho trecho, de lo que me quejo es del abogado de Quirino, que en buen juicio debio delegar a otras oficinas, las demandas por abuso de poder contra el procurador en cuestion y ademas para llevar a la suprema a los llamados por usted jueces pusilamines, acusandolos de mala-practica y denegacionh de justicia.
ReplySaludos :
Juan D'Jesus.
Mi estimado Don Juan Rivera:
ReplyEn ese caso, necesariamente hay que esperar una decision definitiva e irrevocable de descargo a la esposa de Quirino para proceder en consecuencia.