miércoles, 24 de septiembre de 2008

Manuel Miranda

REFORMA CONSTITUCION DOMINICANA: El Banco Central se mantiene "autónomo" pero los titulares de la Junta Monetaria los designa el Presidente por 6 años


ARTÍCULOS 204-208.

Otra de las propuestas del Proyecto de Reforma Constitucional, es la siguiente:

Cito:

Articulo 204. El Banco Central de la República es una entidad de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía funcional, presupuestaria y administrativa.

Artículo 205. El Gobernador del Banco Central y demás miembros de la Junta Monetaria serán designados por el Poder Ejecutivo el cual durará en sus funciones seis años, al igual que el Vicegobernador, quienes sólo podrán ser removidos por una de las causales previstas en su Ley Orgánica*.

Artículo 206. Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, deberán ser profesionales de reconocida competencia en la materia y desempeñarán sus funciones con dedicación exclusiva, salvo la labor docente, de conformidad a las disposiciones de su Ley Orgánica.**

Artículo 207. Los miembros de la Junta Monetaria que no sean ex oficio, durarán en sus funciones seis años. Un cincuenta por ciento de éstos serán designados por tres años.***

Articulo 208. El Gobernador del Banco Central, en representación de la Junta Monetaria, tendrá a su cargo la dirección de las políticas monetarias, cambiarias y financieras de la Nación, la coordinación de los entes reguladores del sistema monetario y financiero y la adecuada aplicación de esas políticas. ***

OBSERVACIONES:

* Si para destituir al Gobernador, Vice Gobernador del Banco Central y los miembros de la Junta Monetaria, debe ser "de conformidad a su Ley Orgánica"...

¿Entonces porqué su designación no puede ser conforme a esa Ley?

Eso no lo entiendo.

SUGIERO que la designación y destitución sea de conformidad a su Ley Orgánica.

** Creo que se deben definir quienes son o no los miembros "ex oficio" para de ahí determinar quienes deben dedicarse por completo al cargo y quienes no.

O quienes estarán 6 años y quienes 3.

*** Regresando a lo anterior, creo que si la Junta Monetaria es que lleva a cabo las políticas económicas, deben haber miembros de la plena confianza del Presidente de la República en su seno, los cuales concluyen su gestión al término del período constitucional.

Mientras dejar que el restante 50% sean personas que no tengan ese vínculo y dependencia.

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