lunes, 22 de septiembre de 2008

Manuel Miranda

REFORMA CONSTITUCIONAL: El Presidente “símbolo de la unidad nacional”; Más edad, límites a los militares retirados en aspirar, pero sí los de origen.

ARTICULOS 102 y 103:

Prosiguiendo con el análisis del Proyecto de Reforma Constitucional, nos encontramos con esta nueva novedad:

Cito:

Artículo 102. El Poder Ejecutivo es ejercido en nombre del pueblo por el Presidente de la República, símbolo de unidad nacional y de la permanencia del Estado. *

Artículo 103. Para ser Presidente de la República se requiere:

1) Ser dominicana o dominicano de nacimiento u origen.**

2) Haber cumplido treinta y cinco años de edad. ***

4) No estar en el servicio militar activo por lo menos durante tres años previos a las elecciones presidenciales.****

OBSERVACIONES:

*Encuentro magnífico que el Presidente de la República sea “símbolo de la unidad nacional” como acontece con el Rey Don Juan Carlos I de España.

En la Madre Patria, Su Majestad es el árbitro de la vida nacional en donde TODOS SE SIENTEN REPRESENTADOS.

Esa REPRESENTATIVIDAD del Jefe de Estado debe ser recíproca… Es decir, el Presidente debe tener en cuenta que no representa parcialidad política, grupos o intereses específicos y particulares, sino A TODO EL PUEBLO DOMINICANO.

Para ello, tendrá que tragarse odios y rencores, olvidarse de agravios justos o injustos para que en verdad represente la "unidad nacional"

Por igual, la oposición debe entender que el Primer Magistrado de la Nación, no es el Jefe o líder de un conglomerado político sino EL PRESIDENTE DE TODOS.

Ejemplo: La reciente solicitud de protección de Narciso Isa Conde, la cual le fue concedida, a pesar de las agrias críticas que le ha formulado al Presidente Leonel Fernández.

En cuanto a la “permanencia del Estado”, no estoy tan de acuerdo… Es cierto que el Presidente es el “Jefe de Estado” y por tanto de sus 3 ramas o poderes constituidos…

Pero ¿Y si desaparece con Vice y Presidente de la Suprema Corte de por medio?

¿Morirá el Estado junto con ellos?

Esa parte merece atención y espero que me lo aclaren bien.

** Reiterando lo dicho en otro tema*: No estoy de acuerdo con que los dominicanos “de origen” sean postulados a un cargo tan delicado como Presidente o Vicepresidente de la República, cuando ostentan otra nacionalidad por haber nacido en suelo de ese otro país.

Es cierto que los dominicanos en el extranjero son una realidad insosyalable, pero de ahí a que sus hijos nacidos en el país que los acoge y con vínculos, afinidades, etc., puedan optar a algo tan delicado como la Primera Magistratura del Estado.

SUGIERO que ese nacimiento haya sido “accidental” y desde pequeñito ha realizado sus estudios y hecho su vida en nuestro país o que por lo menos tenga 15 años de residencia ininterrumpida

***Me parece bastante bien que sea incrementada la edad como condición para ser Presidente… Estos son otros tiempos en los cuales la calidad de vida ha mejorado extendiéndose a mucho más de los 70 años.

Por igual, mientras más experiencia, mucho mejor para enfrentar con tino las delicadas tareas del Estado.

Yo mismo no entendía el porqué para ser Juez de la Suprema Corte se exigía 35 años de edad y no los 30 que se les pide a los Presidentes.

****No estoy de acuerdo con esa limitación a los militares retirados a optar a la Presidencia de la República.

¿Acaso no están aspirando ser Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional?

Además, eso traería privilegios en cuanto a los oficiales retirados de la Policía Nacional, que a pesar de tener “carácter civil” según la Ley que las sustenta y reiterado en este Proyecto Constitucional en su Art. 166 in fine, en la praxis se creen “guardias”, hasta en la percepción ciudadana se les mira como tales.

Hasta se ha cometido el error o el gadejo de “transferir” militares a la Policía y hasta convertirlos en “Jefe” de la institución, como ha ocurrido con Neit Nivar Seijas, Enrique Pérez y Pérez, Camilo Antonio Nazir Tejada, Pedro de Jesús Candelier y otras yerbas aromáticas...

Si dudan lo que les digo, les tengo el precedente de cuando era discutida la actual Ley que sustenta la Policía Nacional en la cual se pretendían modificar los nombres de los rangos dentro de la institución para no “asemejarlos” con los militares, aunque mantenían la misma jerarquía y equiparidad

La vaina es que al final SE IMPUSIERON LOS POLICÍAS y los rangos SE QUEDARON IGUALITOS.

No hubo Congreso ni Presidente ni Partidos políticos ni Sindicatos ni Sociedad Civil ni Estudiantes, ni el diablo, ni nada que lo impidiera.

SUGIERO que se elimine ese límite a los derechos civiles de los “ex guardias” o en su defecto que se incluyan a los supuestos “ex policías” en el paquete.

¡¡TODOS O NADIE!!

Me sospecho que el abogado que redactó esta propuesta en la Comisión de Reforma, es un antitrujillista confeso... No puede ser coincidencia que estas limitaciones coincidan con los "atributos" de Rafael Trujillo cuando ascendió a la Presidencia en el 1930.

TEMA RELACIONADO:

*ARTICULOS 16-23: Nacionalidad, Ciudadanía, prohibiciones electivas a los extranjeros, nacidos de origen con opción a la Presidencia

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