jueves, 9 de noviembre de 2006

Manuel Miranda

EN DEFENSA DE EUCLIDES GUTIERREZ FELIX.

En el día de hoy, en el matutino dominicano "Diario Libre", veo un titular que me llamó poderosamente la atención:

Juezas de Santiago le ganan el pleito a Euclides Gutiérrez Félix: De inmediato, las magistradas informaron que analizarán si encaminan acciones legales contra Gutiérrez

Como algunas personas saben el Dr. Euclides Gutierrez Féliz, en su condición de Superintendente de Seguros, procedió a someter por ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, en atribuciones disciplinarias, a las Juezas: Rosemery E. Veras de Pichardo y Miguelina Ureña Núñez, presidenta de la Cámara Civil y Comercial y jueza de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago, respectivamente.

Bajo el alegato de incurrir en graves faltas éticas durante el proceso de adjudicación de unos bienes inmuebles, durante una subasta.

Sin entrar en detalles del fondo del caso; El Superintendente, al entender que había cometido un error en contra de las Magistradas, procedió a retirar su querella por medio de un DESESTIMIENTO. Las Magistradas, ahora favorecidas con esa acción, RENUNCIARON al mismo y solicitaron la continuación del proceso en cuanto al fondo.

Las juezas con su proceder, lo que quieren es hacer espectáculo o gadejo, quizás con el objetivo de hacerle algún daño a Euclides, veamos porque:

1. El procedimiento disciplinario, jurisprudencialmente, se rige por el Penal.

2. Cuando existe un desistimiento, es cuando el querellante o demandante de forma expresa o tacita abandona su acusación.

Ante una situación así, tratándose de un retiro de la acusación POR ESCRITO, como el caso que analizamos, desde ANTES del Código Procesal Penal, el Juez apoderado no tenía más remedio que proceder al descargo del prevenido o imputado.... ¿¿PORQUE RAZÓN?? Aunque en teoría el Fiscal es quien aporta las pruebas, EN LA PRACTICA quien las aporta es el afectado, y sin pruebas y SIN INTERÉS el juez no tiene otra opción.

3. Con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, esta vieja práctica fue consagrada y extendida: Ahora se acepta el desistimiento:

a) Por escrito, ya sea ante notario o por acción conciliatoria por ante el Fiscal.

b) Tácitamente con NO ASISTIR al conocimiento del fondo del caso.

Euclides Gutiérrez DESISTIÓ por escrito y NO ASISTIÓ al juicio.

CONCLUSIONES:

1. Las Magistradas con su afán de que se conociera el fondo del caso, buscaban figureo y ver como le hacían daño al Superintendente Euclides Gutiérrez. Mejor que se busquen otra alternativa como el modelaje, BASTANTE BUENAS QUE ESTÁN CARAJO!!!

2. En el hipotético caso de que intenten acciones reconvencionales (demanda en daños y perjuicios) en contra de Gutiérrez Félix, estas deben ser rechazadas, en razón de que esta consagrado de que para que ese tipo de acción prospere: DEBE HABER UN ACTO DE MALA FE CON EL DELIBERADO PROPÓSITO DE HACER DAÑO con el desistimiento, ANTES de conocerse el fondo del caso, el querellante queda liberado de cualquier responsabilidad.

Noticia relacionada:

http://www.diariolibre.com/app/article.aspx?id=85281

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miguel_344
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4:12 p. m. delete

Amigo Manuel.

Creo que estas equivocado

El amigo Euclides duro dos dias, desproticando contra la moral y el honor de esas dos juezas.

Las acuso de todo, trapeo el piso con ellas y no le dio dos bofetadas porque no las tenia de frente.

Cuando ve que no es lo mismo llamar al diablo que verlo llegar, quiere una vez inicado el proceso judicial que el sabia perdido de antemano porque uso la lengua con ligereza, EL leon y sangru, se quiere convertir en corderito y en Maria Ramos y entonces pretende retirar la querella para que no se conoczca el proceso de fondo.

Igualito al caso Leonel con Cesar Sanchez, Leonel e querella contra el para hacer prensaa, pero tiene el proceso detenido en la justicia para no dar la cara y a los abogados de Cesar le duele la lengua de perdirle a la JUsticia que conozca el fondo de la querella

y volviendo al caso Manuel ,yo te pregunto?.

y el daño moral a las juezas?.

y el ruido que queda de que eran deshonestas?.

Y en el futuro cvuando alguien saque las declaraciones de Euclides fuera de contexto diciendole todo lo que dijo de esas magistradas?.

No Manuel, PAra Euclides es tan facil...

Para las juezas humilladas, vista con ojerizas por toda la opinion publica y manchadas en su honor no puede ser tan facil..

El amigo Euclides deberia por lo menos, publicar un espacio pagado reconociendo publicamente su error y recogiendo todo el lodo que le quizo echar a esas profesionales del derecho.

Y las juezas, ojala no echen para atras y lo demanden...

A ver si el gas Pela....

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4:19 p. m. delete

Mi estimado Miguel:

Las juezas lo que debieron haber hecho fue aceptar el desestimiento y luego proceder en contra de Euclides Gutierrez por difamacion e injuria.

En este caso es diferente, pues deben intentar una demanda reconvencional en daños y perjuicios por los daños causados a consecuencia de la querella.

Ahi las reglas son diferentes, pues habria que demostrar LA MALA FE...y con el desestimiento no lo hay.

He ahi la diferencia.

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Anónimo
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4:55 p. m. delete

Manuel... el procedimiento disciplinario es un procedimiento administrativo, y no se rige en las condiciones del Procedimiento Penal.

La juezas no han sido recusadas, la SCJ simplemente dió curso a las quejas emitidas por el Superintendente de forma administrativa, lo que no tiene nada que ver con el Código de Procedimiento Penal que tiene aplicación jurisdiccional.

Por lo que casi todo el "fundamento legal" de este artículo... se cae.

Pasa un buen resto del día Manny! :)

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8:46 a. m. delete

Estimado Orlando:
Tengo a disposicion una jurisprudencia en donde la Suprema Corte de Justicia, en el caso del Magistrado Washington Espino admite que el procedimiento "en teoria" es correccional-penal, salvo en la audicion de los testigos, que no tienen ese categoria sino de "deponentes o informantes"

Gracias por tomarte la molestia de opinar aca, ya te habia dicho que te "acecho" todos los martes o miercoles en "El Nacional"

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