Como es noticia, ha sido pronunciada la Sentencia No. A.V. 19-2001 de fecha 7 de Abril de este año dictada por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República de Perú, la cual condena a 25 años de prisión e indemnizaciones monetarias al ex Presidente Alberto Fujimori por presunta violación de Derechos Humanos.
Historial del Caso:
A Fujimori se le ha condenado fundamentalmente por su responsabilidad en las masacres de Cantuta y Barrios Altos que produjeron muertes y lesionados, al mismo tiempo por las detenciones o secuestros ejecutados contra otros ciudadanos por los Servicios de Inteligencia de su gobierno.
Observaciones:
El fallo está fundamentado en el testimonio del militar Jose Luís García "quien a su vez recibía ordenes de Vladimiro Montesinos" quien a su vez había sido encargado por el ex Presidente a "diseñar, coordinar y dirigir la lucha contra el terrorismo"
Es decir que esa Corte Suprema "forzan" y desvían las intenciones de Fujimori, que responsablemente como Jefe de Estado, halla decidido acabar de una vez por todas la zozobra terrorista que azotaba a Perú, para achacarle crimenes ordenados directamente por Vladimiro Montesinos, quien a su vez los justificaba al considerar a las víctimas como pertenecientes a organizaciones del terror.
Al mismo tiempo en sus "justificaciones introductorias" hacen un esbozo en donde "incriminan" al ex Presidente por "otros hechos" que no son por los cuales se le juzga como el autogolpe de Estado en la cual disolvió por Decreto el Parlamento y la Corte Suprema de Justicia y hasta por el mero hecho de haber creado las medidas "antiterroristas"
Menos mal, que la causa del Presidente Chávez tuvo éxito en Venezuela, porque de lo contrario lo habrían sancionado por haberle otorgado asilo político a sus compañeros sublevados contra Carlos Andrés Pérez ...
EN RESUMEN:
Se bastaron simplemente con que Fujimori era "Jefe de Estado" + que había creado planes antiterroristas + que había encargado a Vladimiro Montesinos para tales fines + que este era su "subordinado" + que a su vez había ordenado esos crímenes y que las víctimas no eran terroristas.
No tomaron en cuenta a favor de Fujimori:
- Que no existía orden escrita
- Que Montesinos lo descargaba.
- Que Montesinos ASUMIÓ TOTAL RESPONSABILIDAD.
- Que NINGUNO de los testigos u otras pruebas probaran que había dado esas ordenes.
- La "justificación" de Montesinos de que esas víctimas eran terroristas y que así lo había informado a su superior inmediato: El Presidente.
CONCLUSIONES: Violación del principio de los Cuasidelitos.
Lo que quiere decir mis queridos amigos, que con ese procedente que por ser emitido por Tribunal Superior, hace "unidad jurisprudencial"... A partir de esta fecha en todo Perú, los dueños de cualquier empresa, institución, etc. que le hallan ordenado a uno de sus empleados diseñar y ejecutar algún plan financiero, para beneficio de la empresa y este robe el dinero de los accionistas, SIN QUE EL DUEÑO SE ENTERE, serán condenados junto al que lo hizo, con la mismita severidad...
Si es dueño de alguna empresa, le presta el carro a uno de sus empleados para llevarle o traerle alguna mercancía, quien a su vez hace uso del mismo de forma temeraria e imprudente ocasionando severos accidentes que ocasionen víctimas fatales, aunque su empleado asuma sus culpas... Prepare maletas porque irá "directo y sin escala" a purgar cárcel junto a su imprudente subordinado.
Esta sentencia viola el principio de los "cuasi delitos" en donde el dueño o responsable de x entidad, se hace responsable civil de lo que hagan o dejen de hacer sus subordinados.
Porque es una responsabilidad MONETARIA en pago de dinero y no PENAL con sanciones privativas de libertad, como politiqueramente han hecho con el ex Presidente Fujimori.
Las Cortes Internacionales de Derechos Humanos, lo juzgan de esa manera, condenando al Estado monetariamente, el cual a su vez debe reclamar en "acción in reverso" en contra del Presidente de turno en aquel entonces y PENALMENTE contra los RESPONSABLES DIRECTOS de la acción.
A los jueces que juzgaron este caso, les hubiera bastado con haberlo condenado a las indemnizaciones civiles correspondientes.
A la hora de un arreglo político, a los jueces que les tocará anular el adefesio, se les hará facilito... No tendrán que hacer justificaciones ridículas como hicieron los "magistrados" que anularon las condenas contra Arnoldo Alemán y Lino Oviedo en Nicaragua y Paraguay respectivamente.
Fujimori debió haberse quedado tranquilito en Japón hasta que pasaran los 10 años que prevé la legislación peruana para la prescripción de cualquier acción judicial copiando de Alan García que esperó tranquilamente en Colombia a que "las aguas volvieran a su cause"...
¿FUJIMORI PUEDE SER BENEFICIADO POR INDULTO O AMNISTIA?
Esa pregunta se hacen muchos, luego de que su hija Keiko Sofía, lo prometiera en caso de ganar la Presidencia del Perú, mucho más por su posición cimera en las encuestas... En cuanto a ello, el ex Presidente Fujimori perfectamente puede ser beneficiado con una de esas medidas, en razón de que el adefesio que lo condena, fue pronunciado por "sus jueces naturales" pertenecientes a la jurisdicción penal peruana y no el Tribunal Penal Internacional.
En este tema amplío argumentos:
LA SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ARGENTINA ANULANDO EL INDULTO DE CARLOS MENEM CONTRA JEFE MILITAR SANTIAGO RIVEROS.
Espero referirme en breve al caso de los Comisionados y Agentes policiales Vivas, Forero, Simonovis ...
TEMAS RELACIONADOS:
- LA SENTENCIA QUE RECHAZA LA EXTRADICION DE ALBERTO FUJIMORI A PERU: RAZONES JURIDICAS y POLITICAS QUE LA SUSTENTAN.
* SENTENCIA DE DESCARGO A FAVOR DEL GENERAL ® LINO OVIEDO EMITIDA POR LA CORTE SUPREMA DE PARAGUAY.
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Hace 1 hora
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Write comentarEpale tocayo
ReplyTe invito a que pases por el blog para que conozcas los detalles de las postulaciones al premio Blog Ácido 2009 y al mismo tiempo te pido que contribuyas en la promoción del mismo. Saludos.
http://delibreopinionpolitica.blogspot.com/2009/04/premio-blog-acido-2009.html
Tocayo gracias por su invitacion, acabo de autodesignarme jurado de los mismos.
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