domingo, 6 de julio de 2008

Manuel Miranda

DESTITUIDA LA CAMARA DE CUENTAS: ¿Y ahora qué?

El pasado viernes en un hecho histórico en los anales de nuestra imperfecta democracia, el Senado destituyó a los miembros de la Cámara de Cuentas por mal comportamiento e inobservancia de su Ley Orgánica, exonerándolos de responder ante la justicia ordinaria por los demás hechos que se les atribuían.

En términos técnicos, la destitución recayó sobre uno de sus miembros, Alcides Decena Lugo, único pendejo que no había presentado renuncia tal como previamente hicieran sus demás compañeros al momento en que la destutanación era un hecho seguro, acogiendo las sugerencias al respecto, luego de medir la temperatura en los debates en que se decidía sus destinos finales.

Causas adicionales de la destitución.

Definitivamente la remoción viene de “mandato de arriba”… De nada les valió a los que se resistieron casi hasta el final a renunciar, solicitar los servicios del Dr. Abel Rodríguez del Orbe pa meter cuco a los miembros del Senado (de mayoría gobiernista) y lograr la permanencia en sus apetecibles cargos.

Abelito, a pesar de su influencia en el gobierno, ta caliente en las altas esferas moradas por haber contribuido a la derrota de la candidata oficial peledeísta en las elecciones del Colegio de Abogados de Diciembre del ano pasado, impactando negativamente en los porcentajes de simpatías a las aspiraciones continuístas del Dr. Leonel Fernández con miras a las elecciones del 16 de Mayo de este ano.

Otros miembros de la Cámara, más temprano, optaron por la renuncia antes del Juicio, debido a la falta de “padrinos” que echaran el pleito por ellos… Entre esos renunciantes, habían tránsfugas y traidores profesionales provenientes de otras parcelas políticas… Conociendo a la perfección “los métodos de trabajo” peledeístas, no iban mantener el apoyo de estos, en razón de haberse obtenido lo que se buscaba con la designación de esos magistrados: El triunfo de Leonel Fernández.

Tampoco iban a recibir el respaldo de las organizaciones políticas que previamente habían traicionado, que por pura venganza, fueron los primeritos que pujaron por la destitución.

A esa situación agregamos, que al preciso instante que se decidió el enjuiciamiento… Se creó un huracán de aspirantes dispuestos a “sacrificarse” en la Cámara de Cuentas, debido a los numerosisisimos compromisos asumidos por el Presidente reelecto en el pasado torneo electoral. Lo que se aprovechó la presente coyuntura para saciar esas apetencias, bajo el entendido de que “no hay cama pa tanta gente”

La Cámara de Cuentas queda acéfala… Cual es la solución?

Un hecho interesante e impredecible es que con la remoción de sus 9 miembros, dicha entidad ha quedado totalmente acéfala.

La Constitución ni las leyes nunca habían tomado en cuenta dicha situación.

Dicho tipo de anomalía legal, también afecta a la Junta Central Electoral (JCE) pues la Constitución ni leyes preveen en manos de quien quedará en caso de renuncia o remoción total de sus miembros antes del cumplimiento del período de su elección.

Las únicas soluciones que dá la Constitución para esos casos es la prorrogación automática de permanencia “una vez vencido el período para el cual fueron designados… hasta que el Senado haga las nuevas designaciones para el período que se inicia.” de conformidad a las disposiciones del Art. 107 párrafo II.

O en su defecto atribuirle “al sustituto” asumir la titularidad y completarla hasta el final del período de conformidad al párrafo I de ese texto.

Por igual, podría ser bajo la potestad del Presidente de la República de conformidad al Art. 55.9 de “Llenar interinamente esas vacantes” pero esa facultad es ejercida cuando el Congreso “esté en receso”

En este especial no aplican esas disposiciones, debido a que en la Cámara de Cuentas, barrieron “hasta a los sustitutos” y el Congreso tiene abierta su legislatura, por lo que se requiere de una solución pronta…

Una sugerencia, es que en vista de que hay un vacío legal, podría el Senado de la República fungir de “regente político” en lo que se designan los nuevos miembros…

Ante esa excepcional circunstancia, el resto de la empleomanía deberá quedar bajo las órdenes del Encargado de Personal o de Recursos Humanos y este a su vez ponerse a disposición del Senado a quien debe rendirle los informes correspondientes de la situación heredada. Bastaría una simple resolución para ello.

Esa sería la solución ideal y crearía un bonito precedente.

Período de elección de la “nueva” Cámara de Cuentas.

Este es un caso que podría ser fuente de debates…

La Constitución expresa

ART. 23.- Son atribuciones del Senado:

2. Elegir los miembros de la Cámara de Cuentas.

ART. 80.- Los miembros de la Cámara de Cuentas durarán cuatro años en sus funciones.

ART. 107.- El ejercicio de todos los funcionarios electivos, sea cual fuere la fecha de su elección, terminará el 16 de agosto de cada cuatro años, fecha en que se inicia el correspondiente período constitucional.

Por lo que entendemos que el período de elección de los nuevos miembros de la Cámara de Cuentas deberá ser por 4 años…

No me sorprendería, dada la cercanía, que esa elección se verifique justo el 16 de Agosto de este año, para que concluyan su período de elección conjuntamente con el nuevo período Presidencial que se inicia justo ese día y que deberá concluir el 16 de Agosto del 2012.

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-EL RELAJO DEL BASURERO CAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA

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4:05 a. m. delete

Pues mira Manauel, ¡qué de cosas suceden!. Es interesante el caso. Veremos como se desenvuelve el debaté que con seguridad se planteará.
Un abrazo, Martha

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